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Comprobante Fiscal Digital

El CFDI debe ser remitido a un tercero autorizado para que este valide los requisitos, asigne el folio e incorpore el sello digital del SAT. Una diferencia entre el CFDI y el CFD es que el tercero autorizado para certificar los CFDI deberá enviar al SAT electrónicamente copia de los comprobantes fiscales que haya certificado en un plazo no mayor a las 72 horas.

Nuestros trimbres (folios fiscales) no tienen caducidad!